Por: Ana Ávila (@anaavilamexico)
Mientras escribo mi amiga de la universidad está en trabajo de parto. La voy a nombrar B porque por obvias razones no le puedo preguntar si acepta que publique su nombre. Me mandó un mensaje a las siete de la mañana para decirme que ya estaba en el hospital. En ese momento, yo estaba camino a la junta de inicio de curso del colegio de mi hija. B mañana cumple 42 años; yo los cumplí en junio.
¿Por qué cuento estos detalles? Porque mi maternidad, mi amistad con B y mi trabajo se vinculan. Como saben, este es el espacio en el que escribimos quienes trabajamos en GIRE. Uno de nuestros temas es el acceso a técnicas de reproducción asistida (TRA); nuestro objetivo es que las personas que las requieran puedan solicitarlas y usarlas sin que sean discriminadas y sin que se violen sus derechos humanos.
El 5 de agosto pasado el juez décimosexto de distrito en materia administrativa publicó una sentencia en la que consideraba discriminatorio y anticonstitucional que a una de las mujeres representadas legalmente por GIRE se le haya negado el acceso a las TRA por tener 36 años. No le hicieron ningún estudio, no evaluaron su salud, nada. En el hospital 20 de noviembre del ISSSTE vieron su edad y la mandaron de regreso a su casa. Mediante un oficio, le notificaron lo siguiente:
“…tomando en consideración el diverso 119/2016 de fecha 17 de febrero de 2016… y sobre la base del Manual General de Procedimientos de este Centro… el rango máximo de edad para la inclusión de cuenta hasta los 35 años de edad, resaltando que dicha situación no resulta discriminatoria, sino que al contrario dicha circunstancia fue determinada mediante datos científicos…”
Curioso es que tanto B como yo fuimos mamás después de los 40 y las ginecólogas no nos dijeron que estábamos mal, ni que “los datos científicos” mostraban que habíamos logrado lo imposible. Ser madres a nuestra edad representa una decisión privada, una elección de proyecto de vida en la que no debería intervenir ninguna autoridad médica, judicial ni legislativa.
Por el contrario, en caso de que yo no hubiera podido lograr el embarazo, de acuerdo con los derechos humanos, yo debería poder hacer uso de la tecnología para lograrlo, así me ampararía en nuestra Constitución y en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) Artavia Murillo contra Costa Rica, por citar algunos ejemplos bajo los cuales el Estado mexicano tiene un mandato que cumplir.
El Juez de Distrito señaló que la distinción normativa resulta discriminatoria en tanto que carece de justificación y que tiene como consecuencia el impedir el goce de los derechos humanos de la mujer en condiciones de igualdad debido a que se basa en una concepción estereotípica. Por ello consideró vulnerados también el derecho a la vida privada, que comprende la decisión de ser madre, el derecho a fundar una familia y el derecho a la salud, en lo relativo al acceso a la tecnología médica necesaria para ejercer tales derechos, y señaló lo siguiente:
“Desde esa perspectiva, la disposición contenida en el manual reclamado en el sentido que ‘únicamente podrá realizarse el tratamiento a los derechohabientes que tengan hasta 35 años de edad‘, tiene como resultado que la quejosa -que supera dicha edad- no pueda acceder a la tecnología necesaria que le permita ejercer libremente la decisión de ser madre, afectando en consecuencia los derechos relacionados a su vida privada y el derecho a fundar una familia, motivo por el cual, resulta claro que la medida reclamada impide el ejercicio de derechos fundamentales en condiciones de igualdad, porque las mujeres menores a la edad referida podrán acceder sin obstáculo alguno a tales servicios médicos”.
Yo tuve hijos a las 40, mi amiga B también, muchas de mis compañeras de trabajo de entre 25 y 32 años todavía no saben si quieren tener hijos o hijas, 69 por ciento de las mujeres latinoamericanas que recurren a las técnicas de reproducción asistida son mayores de 35. Es claro que los estilos de vida han cambiado y las personas que así lo requieran deberían poder acceder a tecnología para tener hijos o hijas.
Es lamentable que no haya una ley que regule la reproducción asistida, pues eso permitiría fijar las reglas y criterios sin caer en lo que sucede hoy tanto en el ámbito privado como público: reglamentos arbitrarios y, en ocasiones, riesgosos para la salud.
La mujer de 36 años que representa GIRE, con este amparo ganado, debería poder acceder al servicio en el hospital 20 de noviembre del ISSSTE. Otras mujeres podrían recurrir al mismo proceso para tener un resultado exitoso. No debería ser así. Ojalá los legisladores respondan a esta necesidad y regulen con respeto a los derechos humanos para que así todas las personas que queramos tener hijos no encontremos en el sistema de salud impedimentos a nuestros planes.