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La reciente decisión de la Corte en materia de gestación por sustitución abre una vía para proteger derechos en un contexto de vacío legal, pero no resuelve el problema estructural. El Poder Legislativo debe proporcionar un marco normativo que garantice la protección plena y homogénea de quienes forman parte de estos procesos.
La Corte eliminó una parte del Código Penal de Sinaloa que permitía que otras personas autorizaran un aborto cuando la mujer o persona gestante fuera considerada imposibilitada para decidir por sí misma. Esta decisión demuestra la utilidad de mecanismos previstos en la Constitución, como la Declaratoria General de Inconstitucionalidad.
Es indispensable garantizar una atención integral que incluya la salud sexual y reproductiva para las personas en movilidad, quienes, además de enfrentar discriminación y estigma por el acto de migrar, están expuestas a múltiples violencias y la desprotección del Estado.