El aborto en México se regula de diferente manera en cada entidad de la república. Aquí te platicamos las circunstancias en las que puedes abortar sin riesgo de ser sancionada.
Si quieres interrumpir un embarazo por libre decisión, puedes solicitar el servicio de aborto durante las primeras 12 semanas de gestación en las siguientes entidades: Ciudad de México, Baja California, Baja California Sur, Colima, Hidalgo, Oaxaca, Veracruz, Quintana Roo, Aguascalientes y Sinaloa (durante las primeras 13 semanas de gestación).
El aborto por violación es legal en todo el país. Si sufriste una violación sexual, quedaste embarazada y quieres abortar, las instituciones públicas de salud están obligadas a brindarte el servicio. No tienes la obligación de denunciar ni es requisito para que accedas al aborto. Si eres menor de 12 años, entonces la solicitud del aborto debe hacerla tu madre, padre o tutor. Puedes solicitar este servicio en todas las entidades.
La NOM 046 te respalda. Consulta aquí el formato de la carta que necesitas para solicitar el procedimiento. Llénala con tus datos y preséntala en el hospital.
Si abortas de manera involuntaria, por algún accidente o por realizar alguna acción que provoque el aborto sin tener la intención de que ocurra. Esta circunstancia aplica en casi todas las entidades, excepto Chiapas, Nuevo León y Tabasco.
Si tu salud, física, psicológica o mental, está en riesgo por el embarazo, puedes solicitar el servicio de aborto si cuentas con la opinión de uno o dos médicos (según la entidad donde te encuentres) que dictaminen dicho riesgo. Esta circunstancia aplica en 20 entidades.
Si continuar el embarazo pone en riesgo tu vida, puedes solicitar el servicio de aborto si cuentas con la opinión de uno o dos médicos (según la entidad donde te encuentres) que dictaminen dicho riesgo. Esta circunstancia aplica en casi todas las entidades, excepto Campeche, Chihuahua, Ciudad de México, Guanajuato, Michoacán y Querétaro. Sin embargo, el riesgo máximo a la salud de una persona es la muerte, lo que quiere decir que en las entidades donde no se aplica explícitamente la circunstancia “peligro de muerte”, pero sí “riesgo a la salud”, se puede solicitar el aborto cuando el embarazo suponga un riesgo para la vida.
Si estás embarazada y el producto presenta alteraciones que le puedan provocar daños físicos o mentales graves, puedes solicitar el servicio de aborto si cuentas con el diagnóstico de uno o dos médicos (según la entidad donde te encuentres) que dictaminen dichas alteraciones. Puedes solicitar el servicio de aborto por esta circunstancia en 18 entidades.
Si quedaste embarazada por una inseminación artificial que no deseabas o que se realizó sin tu consentimiento, puedes solicitar el servicio de aborto por esta circunstancia en 17 entidades.
Si tu economía es precaria y continuar el embarazo agrava esta situación, puedes solicitar el servicio de aborto por esta circunstancia en Michoacán y Yucatán.
Si una autoridad te negó previamente el aborto, dentro del plazo de las primeras 12 semanas de gestación, puedes alegar esto y solicitar que se te garantice el servicio de aborto por esta circunstancia en Baja California Sur, Colima y Guerrero, aun si tienes más semanas de gestación.
Si al prestarte los servicios contemplados en la Ley de Salud el personal médico o de enfermería omitió informarte correcta y oportunamente de tu derecho a interrumpir el embarazo de manera legal y segura durante las primeras 12 semanas de gestación, puedes solicitar el servicio de aborto por esta circunstancia sólo en Colima.
Si existe un trastorno ginecológico que a juicio de dos médicos especialistas te haya impedido tener el conocimiento del embarazo, puedes solicitar el servicio de aborto por esta circunstancia sólo en Sinaloa.
Si necesitas más información sobre aborto en México, consulta: https://gire.org.mx/plataforma/causales-de-aborto-en-codigos-penales/