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Avances en materia de aborto en Puebla y Aguascalientes

Ciudad de México, 20 de octubre de 2022

En enero de este año, GIRE y diversas organizaciones locales impulsamos una estrategia jurídica para eliminar el delito de aborto autoprocurado y consentido en varios estados de la República mexicana con base en la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la que se estableció que:

  • Tanto la criminalización absoluta del aborto como el uso del derecho penal para prohibirlo son inconstitucionales.
  • Se debe garantizar a las mujeres y personas gestantes su derecho a decidir sin enfrentar consecuencias penales.
  • Las normas penales de las entidades federativas que criminalizan el aborto de manera absoluta son inconstitucionales.

Hasta ahora se han presentado amparos contra los códigos penales de Puebla, Aguascalientes, Chihuahua, Chiapas, Morelos, San Luis Potosí, Sonora, Jalisco, Querétaro y en contra del Código Penal Federal.

Recientemente celebramos dos grandes logros: 

  1. GIRE, CAFIS y ODESYR ganamos el amparo contra la regulación del delito de aborto en el estado de Puebla. El pasado 14 de octubre, un Juez de Distrito señaló que:
  • Los artículos del Código Penal del Estado de Puebla que regulan el aborto autoprocurado y consentido son violatorios de derechos humanos como al libre desarrollo de la personalidad, autonomía reproductiva, salud, igualdad y no discriminación, y no sufrir violencia. 
  • Estos derechos corresponden a toda persona con capacidad de gestar.
  • Es inconstitucional la prohibición del aborto consentido, así como la sanción al personal que brinde apoyo a la mujer o persona con capacidad para gestar siempre que medie consentimiento. 
  • Aunque la Constitución local reconoce que la vida debe ser protegida desde la concepción, no debe utilizarse el derecho penal para sancionar a quien decide interrumpir su embarazo. 
  • Se concedió el amparo para que a ninguna mujer o persona gestante, ni a ningún personal médico, que reciba asesoría, asistencia o defensa de parte de GIRE, CAFIS y ODESYR se le criminalice por abortar o ayudar a que alguien aborte.
  1. La Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo el amparo contra el Código Penal de Aguascalientes, al considerar que es un tema de gran importancia y trascendencia.

Desde las organizaciones que impulsamos esta estrategia jurídica esperamos que el Congreso de Puebla reforme su legislación y que las autoridades de salud garanticen los servicios de aborto para todas las mujeres y personas con capacidad de gestar. También confiamos en que los estados cuya legislación limita el ejercicio del derecho a decidir tomen como base los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y los de la sentencia del estado de Puebla.

Asimismo, esperamos que el máximo tribunal de justicia determine que las organizaciones que presentamos el amparo contra la regulación del delito de aborto en Aguascalientes tenemos interes legítimo para pelear la constitucionalidad del delito de aborto voluntario y declare su invalidez.

Para más información contactar a Karen Villalobos ([email protected])

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