El 7 de septiembre de 2021, al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017 sobre el delito de aborto en el Código Penal de Coahuila, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la inconstitucionalidad del uso del derecho penal para la prohibición absoluta del aborto consentido, y reconoció el derecho a decidir de las mujeres, hombres trans y personas no binaries con capacidad de gestar.
A principios de 2022, con base en dicha sentencia, GIRE en colaboración con otras organizaciones impulsó una estrategia jurídica nacional con el objetivo de que a ninguna mujer, hombre trans o persona no binarie con capacidad de gestar, ni al personal de salud o a las personas que acompañan, se les criminalice por aborto. Para ello, se presentaron demandas de amparo contra los códigos penales estatales y el Código Penal Federal.
Criterios para garantizar la autonomía reproductiva
El 30 de agosto de 2023, al resolver el Amparo en Revisión 79/2023, la Corte reconoció el interés de GIRE y Morras Help Morras para impugnar las normas que tipificaban el delito de aborto en el estado de Aguascalientes y determinó que era obligación del Congreso local derogar los artículos que criminalizaban de forma absoluta el aborto consentido, por atentar contra la integridad, la salud y la vida de las mujeres, hombres trans y personas no binaries con capacidad de gestar que viven en la entidad.
Por primera vez, en temas de justicia reproductiva, un amparo presentado por organizaciones de la sociedad civil tiene efectos generales, es decir, beneficia a todas las mujeres, hombres trans y personas no binaries con capacidad de gestar que habitan en Aguascalientes al haber ordenado al Congreso estatal la reforma del Código Penal.
El 14 de diciembre, en cumplimiento de la sentencia de amparo, dicho Congreso aprobó la despenalización durante las primeras 12 semanas de gestación y ésta surtió efecto el 28 de diciembre de ese mismo año, es decir, al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial.
Sin embargo, el 28 de agosto de 2024, los mismos legisladores del PAN que habían acatado la orden de la Corte decidieron retroceder, y aprobaron una iniciativa que redujo el plazo a seis semanas.
El 6 de septiembre de 2023, al resolver el Amparo en Revisión 267/2023, la Corte nuevamente reconoció el interés de GIRE y reiteró la inconstitucionalidad de la penalización absoluta del aborto; además, ordenó al Congreso de la Unión derogar el delito de aborto en el Código Penal Federal.
Dicha sentencia está en espera de cumplimiento. Actualmente, tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores existen múltiples iniciativas legislativas que proponen la reforma penal federal para atender el mandato de la Corte, provenientes de las diferentes fuerzas políticas representadas en el Congreso, las cuales aún se encuentran en proceso de análisis al interior de las comisiones y en espera de dictamen.
El 25 de abril de 2024, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito resolvió el Amparo en Revisión 344/2023 y declaró, por unanimidad, inconstitucionales los artículos que prohíben de forma absoluta el aborto voluntario en el Código Penal de Jalisco; además, ordenó al Congreso local derogar el delito de aborto autoprocurado y consentido.
La resolución de este amparo es un parteaguas pues los magistrados retomaron los estándares y criterios establecidos por la Corte en los casos de Coahuila, Aguascalientes y el Código Penal Federal, y también por tratarse de la primera sentencia definitiva de un Tribunal Colegiado en este sentido.
El 4 de octubre de 2024, el Congreso de Jalisco despenalizó el aborto durante las primeras 12 semanas de gestación, acatando así la orden del tribunal.
Durante 2024 se alcanzaron otros logros a partir de la estrategia jurídica nacional impulsada por GIRE. Tribunales Colegiados de Nayarit (1/08/24) y Zacatecas (9/08/24) declararon, por unanimidad, que son inconstitucionales los artículos que prohíben de forma absoluta el aborto voluntario en los códigos penales de estas entidades; además, ordenaron a los congresos locales derogar el delito de aborto autoprocurado y consentido. Ambos congresos, atendiendo la orden de los tribunales, despenalizaron el aborto durante las primeras 12 semanas de gestación: Zacatecas el 20 de noviembre de 2024 y Nayarit el 24 de enero de 2025.
El 29 de octubre de 2024, el Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Morelos determinó que son inconstitucionales los artículos que prohíben de forma absoluta el aborto voluntario en el Código Penal y ordenó al Congreso local derogar el delito de aborto autoprocurado y consentido.
El 7 de noviembre de 2024, el Congreso de San Luis Potosí, conforme a la sentencia emitida por un Juez de Distrito (20/09/24), despenalizó el aborto durante las primeras 12 semanas de gestación.
En el caso de Yucatán, el 22 de agosto de 2024, la Corte reiteró los criterios de sentencias anteriores y ordenó al Congreso local derogar los artículos del Código Penal que criminalizan de manera absoluta el aborto autoprocurado y consentido.
En el caso de Chihuahua, el 30 de enero de 2025, la Corte declaró la invalidez de los artículos que penalizan el aborto voluntario. Con esta decisión, Chihuahua se sumó a las entidades que han despenalizado el aborto.
Esperamos que pronto Yucatán y Morelos acaten lo ordenado por la Corte y el Juzgado de Distrito, respectivamente.
Nuestro llamado
Desde GIRE hacemos un llamado a los Tribunales Colegiados para que:
Asimismo, exigimos que se garantice el aborto como un servicio de salud esencial al que las mujeres, hombres trans y personas no binaries gestantes pueden recurrir, independientemente de si son o no acompañadas por GIRE o alguna otra organización.
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