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El Congreso Federal tiene la obligación de despenalizar el aborto

El 6 de septiembre de 2023, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió el Amparo en Revisión 267/2023 y reiteró que la criminalización absoluta del aborto viola los derechos humanos de mujeres y personas gestantes. Declaró inconstitucionales los artículos que prohíben de forma absoluta el aborto voluntario en el Código Penal Federal y ordenó al Congreso Federal reformar la legislación penal. 

¿Cómo se logró esto?

Con base en la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (7 septiembre 2021), sobre la inconstitucionalidad del delito de aborto en el Código Penal de Coahuila, en septiembre de 2022, como parte de una estrategia jurídica para eliminar el delito de aborto autoprocurado y consentido en todos los códigos penales, GIRE presentó un amparo contra el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal por haber emitido una regulación que criminaliza el aborto consentido.

La Primera Sala de la Corte analizó este amparo y reiteró que la criminalización absoluta del aborto viola los derechos humanos de mujeres y personas gestantes, y ordenó que se reforme el Código Penal Federal en este sentido.

¿Cuál es el impacto de esta decisión?

Esta decisión tiene un impacto muy significativo en el ejercicio del derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes que solicitan servicios de aborto en instituciones federales de salud en todo el país, porque en distintos casos acompañados por GIRE dichas instituciones han negado la atención a las personas alegando que el aborto se considera un delito en el Código Penal Federal, legislación aplicable para el personal de salud que presta sus servicios en ellas.

¿Por qué eliminar el aborto voluntario del Código Penal Federal?

  • La Corte determinó la inconstitucionalidad del uso del derecho penal para la prohibición del aborto (7 septiembre 2021, AI 148/2017, Coahuila).
  • Facilita el acceso para quienes deciden interrumpir su embarazo y brinda mayor certeza al personal de salud.
  • La Organización Mundial de la Salud estableció que el aborto no debería estar regulado por leyes penales, sino solo por normativas de salud, sin plazos, sin restricciones y sin autorización de terceros.
  • Es fundamental para que mujeres y otras personas gestantes dejen de enfrentar procesos penales y ya no sean criminalizadas tanto en los servicios de salud como en el ámbito social.

Datos relevantes

 

  • Nueve estados han despenalizado el aborto por mandatos judiciales: Coahuila y Chihuahua, por sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Jalisco, San Luis Potosí, Zacatecas, Chiapas, Nayarit y Tabasco, cuyos Congresos acataron lo ordenado por tribunales colegiados de circuito y, en el caso de Yucatán, por la Corte.
  • Pese a que el número de entidades en las que se ha despenalizado el aborto pasó de ser solamente una —CDMX— hasta 2018, a constituir dos terceras partes del país, a la fecha, las carpetas de investigación que fueron abiertas por las fiscalías en el territorio nacional ha ido al alza.
  • De acuerdo con datos del SESNSP, de enero de 2015 a diciembre de 2024, a nivel nacional hubo 6,721 carpetas de investigación por el delito de aborto. 
  • Los casos acompañados por GIRE reflejan un patrón de criminalización: las instituciones en las que se brindan servicios de salud son las primeras en criminalizar a quienes deciden abortar o enfrentan abortos espontáneos.
  • La mayoría de las veces es el personal de esas instituciones el que avisa a las fiscalías sobre las personas que acuden con abortos en evolución, condiciona la atención a requisitos injustificados y ejerce presión sobre las usuarias para conocer las circunstancias de la interrupción de su embarazo.

 

Nuestro llamado

Desde GIRE hacemos un llamado al Congreso de la Unión para que:

  • Aplique los precedentes y criterios ya establecidos por la Corte en materia de aborto y autonomía reproductiva.
  • Cumpla con lo ordenado por la Corte y garantice la interrupción del embarazo como un servicio de salud esencial al que las mujeres y personas con capacidad de gestar pueden recurrir.

 

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