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ILE: Por la libertad y la justicia de las mujeres

abril 27, 2020

El 24 de abril se cumplieron 13 años de libertad y justicia para las mujeres. Desde abril 2007, cuando el aborto se despenalizó en la Ciudad de México, hasta septiembre 2019, 216 mil 755 mujeres, procedentes en su mayoría de CDMX, Edomex, Puebla e Hidalgo, han podido acceder a los servicios de Interrupción Legal del Embarazo (ILE) sin poner en riesgo su salud y su vida. El Programa de ILE en la Ciudad de México ha sido un ejemplo nacional y regional de acceso a servicios de aborto legales, seguros y gratuitos para mujeres que, hasta septiembre del año pasado que se logró la despenalización del aborto en el estado de Oaxaca, sólo podían ver garantizados sus derechos reproductivos en la capital del país.

En el largo camino de lucha por los derechos de las mujeres, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sido un actor fundamental en la defensa de los derechos reproductivos. De 2008 a la fecha, han emitido varias sentencias relevantes en el reconocimiento del acceso al aborto como un asunto de derechos humanos. Por ello, en el marco del aniversario de la despenalización del aborto en la Ciudad de México, recordamos algunas de las decisiones de la SCJN que han significado un avance en el ejercicio de los derechos reproductivos de las mujeres.

El 24 de abril de 2007, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó la ley que despenalizaba el aborto hasta la semana 12 de gestación, incluyendo mecanismos para la impartición de servicios de salud adecuados. La reforma consistió en la modificación de varios artículos del Código Penal y de la Ley de Salud, ambos del Distrito Federal. En mayo de ese mismo año, el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el titular de la Procuraduría General de la República (PGR) interpusieron sendas demandas de inconstitucionalidad en contra de las reformas. El 28 de agosto de 2008, luego de más de 17 horas de sesiones públicas, el pleno de la Suprema Corte determinó la constitucionalidad de los artículos impugnados.

En abril de 2018, la SCJN otorgó dos amparos a Marimar y Fernanda, víctimas de violación sexual a quienes los servicios públicos de salud les negaron el acceso al aborto, aun cuando es un derecho de las víctimas en todo el país. La Corte afirmó que dicha negación constituyó una violación a sus derechos humanos y que las autoridades de salud están obligadas a atender de manera eficiente e inmediata la solicitud de las mujeres que han sido víctimas de una violación sexual y están embarazadas, a fin de no permitir que las consecuencias derivadas de la violación se sigan desplegando en el tiempo. Esto implica que las autoridades de salud correspondientes no pueden implementar mecanismos ni políticas internas que impidan la materialización de los derechos de las mujeres que han sido víctimas de una violación sexual y cuyo deseo es interrumpir el embarazo producto de dicho acto delictivo. Con estas resoluciones, la SCJN reafirmó la obligación legal de los prestadores de servicios de salud de garantizar el acceso al aborto en casos de violación sexual.

El 15 de mayo de 2019, la Corte otorgó un amparo a Margarita, derechohabiente del ISSSTE que cursaba un embarazo de alto riesgo y a quien se le negó el acceso a la interrupción del embarazo, a pesar de las complicaciones diabéticas e hipertensivas que podían derivar en su muerte. Con este caso, la Corte confirmó que la negación del aborto es una violación de los derechos humanos, en especial cuando la salud de la mujer está en peligro. Al emitir la sentencia, la SCJN reconoció que el derecho de las mujeres a la salud incluye el acceso al aborto, reforzando, así, la importancia de los derechos reproductivos.

La discusión de todos estos casos en el máximo tribunal del país ha abonado al reconocimiento del carácter prioritario de los derechos de las mujeres en la agenda de políticas públicas y ha sido, también, una forma de mitigar la deuda histórica que el Estado tiene con las mujeres, en particular con quienes enfrentan de manera más frecuente y exacerbada múltiples obstáculos para decidir sobre su cuerpo en un marco de libertad y de justicia.

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