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La SCJN debe invalidar la reducción del plazo del aborto en Aguascalientes

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  • Está pendiente la resolución de las Acciones de Inconstitucionalidad 172/2024 y 173/2024, que impugnan la reducción del plazo del aborto voluntario de 12 a 6 semanas.

El 30 de agosto de 2023, la Corte resolvió el Amparo en Revisión 79/2023 que fue presentado por GIRE, junto a otras organizaciones y colectivas locales, como parte de una estrategia jurídica para eliminar el delito de aborto voluntario en distintos estados del país.

El máximo tribunal determinó que el Congreso de Aguascalientes tenía la obligación de eliminar los artículos que criminalizaban de forma absoluta el aborto consentido. En cumplimiento de esa sentencia, el 14 de diciembre de 2023 el Congreso local despenalizó el aborto hasta la semana 12.6 de gestación.

No obstante, el 23 de agosto de 2024 se presentó una nueva iniciativa para reformar el Código Penal del estado, la cual fue aprobada el día 28 de ese mes. Los mismos legisladores que habían acatado la sentencia de la Corte aprobaron la reducción del plazo del aborto voluntario a solo seis semanas de gestación, lo que representó un retroceso en materia de derechos reproductivos.

La reducción del plazo constituyó, en los hechos, una forma disfrazada de prohibir el aborto, ya que para la mayoría de las personas seis semanas no son suficientes para advertir un embarazo. Esta medida afectó particularmente a quienes enfrentan múltiples formas de discriminación o viven en situaciones de vulnerabilidad, como niñas y adolescentes, personas indígenas, afrodescendientes, con discapacidad, migrantes, habitantes de comunidades rurales y personas con identidad de género no normativa.

Además, la reforma ignoró que la Corte ya había establecido que el plazo mínimo razonable para despenalizar el aborto debe ser de doce semanas de gestación y contradijo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud. Por ello, la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo Federal y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovieron Acciones de Inconstitucionalidad en las que, entre otros artículos, se impugnó el 101 del Código Penal de Aguascalientes, que criminalizaba el aborto voluntario después de la sexta semana.

Está pendiente que la Corte discuta el proyecto de resolución elaborado por el ministro Irving Espinosa Betanzo, en el que se propone invalidar el artículo que redujo el plazo y reforzó la criminalización del aborto en Aguascalientes. Dicho proyecto sostiene, asimismo, que estas normas vulneran derechos fundamentales como la autonomía reproductiva, la salud, la igualdad y la no discriminación, y plantea que su invalidez tenga efectos retroactivos.

El acceso al aborto voluntario debe garantizarse conforme a los parámetros constitucionales y a los estándares internacionales de derechos humanos. Por ello, desde GIRE hacemos un llamado a consolidar un marco legal que respete la autonomía reproductiva y el derecho a decidir de mujeres y personas gestantes, eliminando las barreras que limitan el acceso a servicios de aborto, en línea con los criterios establecidos por la Corte y por la Organización Mundial de la Salud.

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